(Entrenadores Nacionales, Monitores RFETA, Técnicos de Base FECTA, Técnicos Iniciadores FECTA, Jueces RFETA y Jueces Regionales FECTA) que deseen solicitar su Licencia a través del Club tendrán que atenerse a las condiciones establecidas en la Circular 2010/CIR016 (ENLACE) de la Federación Canaria y rellenar el Formulario 28 (ENLACE).
(renovaciones)
Los que tengan intención de acudir a competiciones de ámbito Nacional (RFETA) o que estén conformes con los requisitos formales y económicos establecidos por la Federación Canaria y la Española, tendrán que solicitar su Licencia Federativa Autonómica Homologada a través del Club, siguiendo las directrices de la Circular 2010/CIR016 (ENLACE)
Para ello, habrán de hacer efectivo el pago de la tasa correspondiente (ver Circular) y firmar el ANEXO 1 de la RFETA (ENLACE). Dicho documento ha sido evaluado como irregular y carente de validez legal tras Informe Jurídico de D. Samuel Parra (ENLACE) por lo que una vez se reciban las licencias solicitadas, los interesados que así lo estimen oportuno, podrán ejercer su Derecho de Oposición ante la RFETA según el siguiente MODELO.
Los interesados habrán de entregar la DOCUMENTACIÓN ORIGINAL al Presidente, D. Ramón Rodríguez (Anexo 1 y justificante de pago).
(Nuevas Licencias)
En el caso de menores de edad los Tutores Legales serán los responsables de la firma de la documentación y entrega de la misma.
Nota: El Club no procederá a la tramitación de ninguna solicitud que no se ajuste a lo establecido por la FECTA en su Circular de Afiliación para el 2011.
Nota 2: El Club procederá a estudiar la situación en lo referente a las licencias canarias y ver las opciones que tengamos, de lo que iremos informando.
Nota 3. El Club no permitirá el uso del arco en sus instalaciones a toda persona que -debiendo- no proceda a la RENOVACION de su Licencia Federativa, teniendo de plazo hasta el 15 de enero de 2011.
Para cualquier consulta pueden remitirse al correo electrónico del club o dirigirse a cualquiera de los miembros de la Junta Directiva.